La expropiación forzosa de tierras para centros de datos privados no es un avance tecnológico: es una fractura ética y jurídica en el corazón del Estado de derecho. Consideramos que convertir una inversión corporativa en interés público mediante una etiqueta administrativa es una distorsión peligrosa del principio de utilidad pública, que debe reservarse exclusivamente a proyectos con beneficio social directo y no negociable.
La etiqueta de interés autonómico como puerta giratoria
El Gobierno de Aragón declaró el proyecto de Microsoft como inversión de interés autonómico, activando así el régimen de expropiación forzosa. Esta figura, prevista en la Ley de Expropiación Forzosa, exige que el fin perseguido sea inequívocamente colectivo: salud, transporte, energía o vivienda. No contempla, ni puede contemplar, la expansión de infraestructura privada con fines comerciales.
El precedente de la Ley de Carreteras de 1972
En 1972, la expropiación para autovías se justificó con estudios de movilidad, impacto regional y necesidad de cohesión territorial. Hoy, ninguna evaluación independiente ha demostrado que 16,5 hectáreas en Puerto Venecia resuelvan carencias de conectividad, reduzcan brechas digitales o mejoren servicios públicos. El único beneficiario es Microsoft.
El mito del justiprecio como garantía
Las autoridades sostienen que el procedimiento respetó la legalidad porque se fijó un justiprecio. Pero el valor de la tierra no es solo económico: es histórico, familiar y ecológico. Ana Garza no perdió una parcela: perdió el patrimonio heredado de tres generaciones, su vínculo con Calaceite y su capacidad de decisión sobre el futuro de su territorio.
Datos que desmontan la ficción del equilibrio
Según el Boletín Oficial de Aragón, el justiprecio promedio aplicado fue de 12.400 €/ha. El valor catastral medio de tierras rústicas en la comarca es de 28.700 €/ha. La diferencia no es un margen de negociación: es una subvaluación estructural que normaliza la pérdida patrimonial de pequeños propietarios frente al poder financiero de los gigantes tecnológicos.
La responsabilidad ética de las administraciones
Celebrar una inversión de 2.900 millones como “triunfo histórico” sin exigir contrapartidas sociales vinculantes es una abdicación de soberanía territorial. Países como Alemania y los Países Bajos exigen, por ley, que los centros de datos financien redes públicas de banda ancha, ofrezcan formación técnica localizada o cedan una parte de su energía excedentaria a municipios. En Aragón, no existe ni una sola cláusula vinculante.
El vacío normativo español
La Ley 9/2014, de Telecomunicaciones, no regula el uso del suelo para infraestructura digital. Tampoco la Ley de Cambio Climático exige evaluaciones de impacto hídrico o agrícola para instalaciones que consumen hasta 120 MW. El vacío legal no es neutral: favorece a quien tiene capacidad de lobby, no a quien tiene raíces.
El fondo del asunto
El problema no es Microsoft, ni siquiera el Gobierno de Aragón: es un modelo de desarrollo que confunde infraestructura estratégica con activo corporativo. Históricamente, las redes ferroviarias, eléctricas o de agua se construyeron bajo régimen de concesión pública, con control estatal, tarifas reguladas y obligaciones de servicio universal. Los centros de datos, en cambio, operan como islas soberanas: sin obligación de transparencia energética, sin rendición de cuentas sobre consumo hídrico y sin responsabilidad sobre el impacto en el mercado de suelo rústico.
Esta distorsión tiene consecuencias reales: en 2025, el 42 % de las expropiaciones notificadas en Aragón fueron para proyectos tecnológicos privados. En 2015, esa cifra era del 3 %. El cambio no es cuantitativo: es cualitativo. Se está redefiniendo, sin debate democrático, qué es “público”, qué es “necesario” y quién decide el destino del territorio. La nube no es inmaterial: tiene peso, sede y costo. Y ese costo no debe pagarlo quien menos tiene voz.
