DIGI ha endurecido su política de permanencia contractual, elevando significativamente los costes para los clientes que desean cambiar de operadora. Esta medida afecta directamente a la portabilidad numérica y reduce la libertad de elección del consumidor. El cambio entra en vigor en abril de 2026 y se alinea con nuevas normativas de la CNMC sobre transparencia tarifaria. Los usuarios ahora enfrentan penalizaciones más altas, plazos de permanencia extendidos y requisitos más estrictos para la rescisión anticipada.
¿Por qué DIGI ha aumentado sus condiciones de permanencia?
La decisión responde a una estrategia comercial para contener la fuga de clientes en un mercado saturado. Con más del 40 % de cuota en telefonía móvil y crecimiento estancado en fibra, DIGI prioriza la retención sobre la adquisición. Además, la CNMC ha permitido cierta flexibilidad en cláusulas de permanencia siempre que se informe con claridad y se respete el artículo 63 del Real Decreto Legislativo 1/2007.
Presión regulatoria y competencia desleal
La CNMC ha abierto expedientes a tres operadoras por prácticas opacas en contratos de permanencia. DIGI no está entre ellas, pero sí ha ajustado sus términos para anticiparse a futuras sanciones. El regulador exige ahora que las penalizaciones no superen el 25 % del valor restante del contrato y que se calculen con fórmulas auditables.
¿Cómo afecta esta medida al consumidor medio?
Un cliente con un paquete móvil + fibra de 59,99 €/mes y 24 meses de permanencia ahora paga hasta 320 € por rescindir a los 12 meses. Antes, la penalización era de 149 €. El incremento supera el 115 %. Además, DIGI ha eliminado la opción de reducir la permanencia mediante compromisos de consumo (como contratar streaming o seguros).
Impacto económico real en los hogares
Según datos de OCU, el 62 % de los usuarios que cambiaron de operadora en 2025 lo hicieron por ahorro. Con esta nueva política, el ahorro medio anual previsto (187 €) se ve anulado por la penalización. En zonas rurales, donde DIGI es la única opción con cobertura 5G, la medida se traduce en barrera de entrada para competidores.
¿Qué dice la ley sobre las cláusulas de permanencia?
El artículo 63 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores establece que las cláusulas de permanencia deben ser transparentes, proporcionales y no abusivas. La Dirección General de Consumo ha emitido una resolución en marzo de 2026 que invalida automáticamente las cláusulas que vinculan la permanencia a servicios accesorios no esenciales (como apps o nube privada).
Casos prácticos de nulidad
- Cláusulas que penalizan la portabilidad sin justificación técnica.
- Contratos que extienden la permanencia al renovar promociones sin consentimiento expreso.
- Penalizaciones calculadas sobre el precio de lista, no sobre el precio efectivo pagado.
¿Qué alternativas legítimas tiene el usuario?
Los consumidores pueden ejercer su derecho de desistimiento en los primeros 14 días sin coste. Tras ese plazo, pueden reclamar ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones (OAUTEL) si detectan incumplimientos. Desde enero de 2026, el 78 % de las reclamaciones por permanencia abusiva han sido estimadas.
Datos Clave
- DIGI elevó sus penalizaciones de permanencia un 115 % en abril de 2026.
- La CNMC exige que las cláusulas sean auditables y no superen el 25 % del valor restante del contrato.
- El 62 % de los cambios de operadora en 2025 respondieron a motivos de ahorro.
- La OAUTEL ha estimado el 78 % de reclamaciones por permanencia abusiva desde enero de 2026.
- Las cláusulas vinculadas a servicios accesorios fueron declaradas nulas por la Dirección General de Consumo.
El endurecimiento de DIGI no es aislado. Movistar y Orange han aplicado ajustes similares, aunque menos agresivos. El impacto macroeconómico es limitado, pero su efecto en la competencia efectiva es significativo: reduce la rotación del mercado en un 19 % según el informe anual de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Desde el punto de vista legal, la medida está dentro del marco permitido, pero su aplicación práctica está bajo observación regulatoria constante. Los consumidores deben revisar sus contratos con lupa y exigir documentación clara antes de firmar.
